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Suprema Corte de Justicia rechazó recursos de oposición sometidos por dos imputados del caso Odebrecht

Diario Digital Dominicano, por José Benítez, 19 agosto 2019, Santo Domingo, D.N. El magistrado Luis Henry Molina Peña, presidente de la Suprema Corte de Justicia, rechazó los recursos de oposición sometidos por dos imputados del caso Odebrecht, en contra de la Resolución número 2502-2019 sobre sus escritos de incidentes, excepciones y solicitudes de reconsideración de exclusiones probatorias.

Según consta en la Resolución núm. 2997-2019, de fecha 15 de agosto del corriente, dictada por el magistrado Molina Peña, rechaza por ser contrarios a la ley los referidos recursos incoados por los imputados Porfirio Andrés Bautista García y Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, y confirma en todas sus partes la decisión impugnada.

El recurrente en oposición, Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, sustentó su acción recursiva bajo el alegato de “desnaturalización de los hechos y las actuaciones procesales”; y “violación de un precedente, jurisprudencialmente constante de esa Suprema Corte de Justicia”, por lo que el magistrado Presidente Molina Peña, juez de los incidentes en la etapa concluida, los rechazó por carecer de fundamentos capaces de justificar la modificación o revocación de la decisión recurrida.

En cuanto a la presunta violación de un precedente jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia Molina Peña explicó en su decisión que no ha desconocido un antecedente, sino que ha sentado un precedente esclarecedor sobre su posicionamiento en relación a su competencia, respecto a las implicaciones de las disposiciones de los artículos 303 y 305 del Código Procesal Penal, que establecen que el auto de apertura a juicio no es susceptible de ningún recurso.

En ese sentido, consideró que las apreciaciones del recurrente Conrado Enrique Pittaluga Arzeno “resultan manifiestamente erróneas e inconsistentes y no pueden como tales ser admitidas válidamente como fundamento de sus pretensiones”.

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