Ortega Polanco rechaza interpretes judiciales

Por Diario Digital Dominicano

Diario Digital Dominicano, por Josè Benìtez, 6 de febrero 2019, Santo Domingo, D.N..- El Juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, recesó la continuación de la lectura de la acusación jurídica del caso de soborno de la Odebrecht para este jueves, a las 9:00 de la mañana, tras múltiples contradicciones entre el Ministerio Público (MP), el tribunal y los abogados de los encartados, quienes reclaman sean leídos los documentos enviados desde Brasil, “no solo el enunciado, sino el contenido”.

Los abogados Ramón Núñez, Santiago Rodríguez y Luis Conde plantearon al tribunal que el Ministerio Público, supuestamente han tergiversado los documentos enviados desde Brasil, y por eso pidieron un traductor y perito, a lo que se negó el Juez.

Pero, les presentó durante la audiencia los tres traductores de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que estarían dispuesto a traducirles cualquier asunto.

Ante las reiteradas peticiones de los abogados de los siete imputados, el Juez Ortega le aplicó el artículo 11 del Código Procesal Penal, “para que ninguna de las partes se vea perjudicada”, en cuanto a su decisión de rechazar peritos y traductores para la lectura de las pruebas “llegadas desde Brasil”.

El representante del MP, magistrado Milcíades Guzmán, informó que “hemos iniciado la solicitud de acreditación de las pruebas documental presentada en contra de los imputados, y el proceso va bien, pero los abogados han querido plantear que por cada prueba presentada ellos deben intervenir para hacer acotaciones, y eso es contrario a lo que es una audiencia preliminar”.

“Magistrado no obstante ser pruebas esenciales, por estas pruebas todos los imputados que tuvieron medida de coerción, fueron por las mismas, no obstante, haber advertido las cuestiones de pura ilegalidad, porque negar el principio de oralidad de las pruebas se está quebrantando el principio de inmediación en plena audiencia”, dijo el abogado Luis Conde.

Santiago Rodríguez se adhirió al recurso de oposición interpuesto por Ramón Núñez, igual hicieron los abogados de Jesús Vásquez Martínez y Ángel Rondón.

Ante el acalorado discurso de Núñez, Ortega le dijo: “Respete al juez, evite situaciones innecesarias”, le decía, mientras este le acusaba de actuar con autoritarismo y le reclamo que “no dijo nada al Ministerio Público cuando estos se refirieron a la barra de la defensa de los imputados definiéndolos como “cultura de barbería”.

El abogado de Rondón expreso: “Las garantías nunca pueden limitarse, la oralidad a no ser que la propia ley lo establezca, no obstante, ser pruebas esenciales, resulta que por esta pruebas todos los imputados que fueron a prisión preventiva, fueron por ellas, las cuestiones, se está quebrantando el principio de oralidad”.

En reiteradas ocasiones las barras de la defensas presentaron recursos de oposición a la decisión del Juez Ortega de dar lectura a la acusación jurídica incluyendo las “delaciones”, o documentos enviados desde Brasil a la Procuraduría General que fueron incorporados a la acusación.

Los abogados de Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Jesús Vásquez Martínez, Roberto Rodríguez, solicitaron que se le garantizara el derecho de defensa, permitiendo conocer la documentación que leerá el MP, pero traducidos por traductores y peritos.

Decisión Juez Ortega ante petición
Ante las reiteradas peticiones de los abogados de los siete imputados, el Juez de la Instrucción decidió rechazarlas, sosteniendo que cada parte tiene garantizado su derecho a contradecir la exposición de la parte contraria. “Nada impide que en su oportunidad “aireen” presenten o detallen medios probatorios”, dijo.

A pesar de las exigencias de los abogados de los imputados, el Juez Ortega Polanco les dijo que el tribunal no puede retrotraer el proceso a etapas anteriores con cuestiones de formas ya discutidas.

Además, el tribunal por decisión del 6 de diciembre del 2018, organizó la audiencia preliminar sobre la base de los criterios que la ley exhorta para garantizar los derechos de las partes y se fijó un calendario de participaciones equitativas.

Además, dijo el Juez, “dichos medios son de acceso común y que si lo consideran útiles para su defensa pueden exponerlo públicamente”.

“El tribunal garantiza la posibilidad de que en cuanto a la traducción de documentos a traducir presentados en idioma distinto al castellano, y que como se ha hecho hasta el momento, si una parte cuestiona la operación de traducción que previamente se ha hecho, bien puede hacer constar en el acta su reparo o contradicción e incluso en su oportunidad oponer otra traducción a los fines de que el juez pueda comparar, comprobar, y verificar la fidelidad de dicha traducción “, precisó.

Contenido relacionado