Diario Digital Dominicano, Yoselin Terrero, 28 de marzo 2019, Santo Domingo DN.-Condenan a 20 años de prisión a un hombre por muerte de otro durante discusión por control de punto de drogas en Villa Faro
SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público de Santo Domingo Este logró una sentencia condenatoria de 20 años de prisión en contra de un hombre acusado de cometer un homicidio durante una discusión por el control de un punto de drogas, en un hecho ocurrido el pasado año en el sector de Villa Faro de esta demarcación.
Los fiscales litigantes de Santo Domingo Este demostraron con diferentes pruebas que Raymer Alberto Soriano, alias Timón, le ocasionó la muerte de varios disparos de arma de fuego a Eddy Bienvenido de la Cruz Rodríguez.
Soriano, quien deberá cumplir la sentencia en la Penitenciaría Nacional de La Victoria, fue declarado culpable de haber violado los artículos 265, 266, 295, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados, que castigan el homicidio y la posesión ilícita de las armas de fuego.
Según consta en el expediente instrumentado por la Fiscalía de Santo Domingo Este, en fecha 17 de marzo del año 2018, siendo aproximadamente las 10:30 de la noche, en momentos en que el hoy occiso Eddy Bienvenido de la Cruz Rodríguez se dirigía a su residencia, fue interceptado por Raymer Alberto Soriano y su compañero identificado como Cristhian, éste último quien se encuentra prófugo.
Agrega que los acusados, sin mediar palabras, le realizaron varios disparos a la víctima, cuyas heridas finalmente le ocasionaron la muerte. Detalla que el hecho se produjo debido a viejas rencillas por la posesión de un punto de venta de drogas en la carretera de Mendoza, del referido sector.
Ante la ardua labor del Ministerio Público para demostrar la culpabilidad del victimario y las pruebas aportadas, el Primer Tribunal Colegiado de esta jurisdicción dictó la sentencia condenatoria en contra de Raymer Alberto Soriano, ordenando además el decomiso del arma de fuego con la cual cometió el crimen.
Pena máxima de 30 años de prisión contra hombre que provocó muerte a otro en un apartamento de Gurabo
El Ministerio Público destacó que el avance institucional está dando como resultado sentencias ejemplares contra los acusados de hechos criminales.
SANTIAGO.- La pena máxima de 30 años de prisión fue impuesta a petición del Ministerio Público en contra de un hombre al que acusó de haberle ocasionado la muerte a otro y de incendiar el apartamento donde se encontraban, ubicado en el Residencial Don Marcos I, del sector La Ermita, de Gurabo, el 10 de diciembre de 2015.
La Fiscalía de Santiago logró la sentencia condenatoria en contra de Carlos Augusto Núñez Rodríguez, quien fue encontrado culpable de haberle ocasionado la muerte a Esteban Amaurys Jiménez Taveras, mientras se encontraban en el referido lugar, donde residía el victimario.
Núñez Rodríguez fue hallado culpable de violar los artículos, 295, 296 297, 302, 374 del Código Penal dominicano, consistente en asesinato e incendio en perjuicio de Jiménez Taveras, debiendo cumplir la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación El Pinito, de La Vega.
El Primer Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, integrado por los magistrados Sergio Augusto Furcal, quien lo preside, Loida Mejía e Ingrid Liberato, acogieron en todas sus partes las conclusiones del Ministerio Público, imponiendo la sentencia a pena máxima en contra del encartado.
En torno a los hechos, el expediente establece que ocurrió en momentos en que el hoy occiso estaba mostrándole un apartamento a una clienta en y al finalizar su victimario lo llamó a su apartamento ubicado en el mismo residencial del sector La Ermita.
Detalla que luego que Jiménez Taveras entró al apartamento, el acusado cerró ambas puertas principales con seguro, entretuvo a la víctima con unos supuestos desperfectos que había en las paredes, procediendo luego a rociar gas en el lugar y a tomar unos fósforos con los cuales lo incendió. El condenado, además, le propinó a la víctima varias estocadas con un destornillador.
Posteriormente, Jiménez Taveras fue llevado a un centro de salud privado, en donde murió el 26 de diciembre. Antes de su fallecimiento, el occiso había hablado con una hermana, en presencia de un oficial de la Policía Nacional adscrito al Departamento de Violencia Física de esta Fiscalía de Santiago, el cual narró los hechos descritos anteriormente.
El Ministerio Público destacó que el avance institucional, con fiscales más capacitados y con mayores herramientas para combatir el delito, está permitiendo lograr que el crimen y la delincuencia estén siendo sancionados con las penas máximas establecidas en las leyes del país.
Ministerio Público DN logra 30 años de prisión contra acusado de rapto y muerte del joven Eddy Peña
Afirma que se mantienen firmes en la lucha contra el crimen, procurando que los encartados de esos graves hechos sean sancionados de manera ejemplar con las máximas penas establecidas en las leyes del país.
SANTO DOMINGO, D.N.- Fue dictada la pena máxima de 30 años de prisión en contra de Juan Carlos Zapata Mendoza, alias Kiko 7, luego que el Ministerio Público demostrara que le quitó la vida al joven Eddy Manuel Peña Cabrera, a quien raptó en su lugar de trabajo, ubicado en el sector de Gascue, y luego asesinó en la provincia de San Cristóbal, el 24 de julio de 2017.
Zapata Mendoza, quien deberá cumplir la condena en la Penitenciaría Nacional La Victoria, además fue sentenciarlo al pago de una indemnización de 10 millones de pesos a favor de las víctimas y 30 salarios de multas al Estado dominicano.
La Fiscalía del Distrito Nacional otorgó al caso la calificación jurídica de asesinato, robo agravado y porte ilegal de arma de fuego, delitos previstos y sancionados en los artículos 295, 296, 297, 302, 379 y 382 del Código Penal Dominicano, así como en los artículos 66 y 67 de la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Durante el juicio de fondo, que se conoció en el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, las fiscales litigantes Rosa Alba García y Aleika Almonte, aportaron diversas pruebas que demostraron la culpabilidad de Zapata Mendoza en la comisión de los hechos que dieron al traste con la vida de Peña Cabrera, una acción que produjo gran pesar y conmovió profundamente a todo el país.
A través de un comunicado de prensa, el Ministerio Público afirmó que se mantienen firmes en la lucha contra el crimen, resaltando la labor y los esfuerzos desplegadlos para lograr que al inculpado del asesinato le fuera impuesta la pena máxima establecida para estos casos en las leyes del país.
La nota destaca que después de comprobarse los graves hechos, los jueces Ingrid Fernández, Delio Germán y Raymundo Mejía dictaron la sentencia condenatoria a la pena máxima, tal y como fue solicitado por el Ministerio Público.
La acusación establece que el delito por el que Zapata Mendoza fue condenado a prisión, ocurrió en horas de la mañana del indicado día, cuando éste se presentó al establecimiento de rentar automóviles donde laboraba la víctima Peña Cabrera, y una vez allí le encañonó, le amarró las manos y lo introdujo en la yipeta propiedad del occiso, siendo esto captado por las cámaras de seguridad de la zona.
Señala que el acusado se marchó con el joven rumbo a la provincia San Cristóbal, donde lo asesinó, disparándole en el rostro con el arma de fuego que portaba de manera ilegal. Luego de cometer el crimen, Zapata Mendoza sustrajo la yipeta de la víctima y huyó a la ciudad de Santiago, donde incineró y dejó abandonado el vehículo en un solar baldío, conforme expusieron en audiencia las fiscales Rosa Alba García y Aleika Almonte.
Las investigaciones del caso realizadas por el órgano persecutor, a cargo del procurador fiscal investigador Miguel Crucey, arrojaron que el móvil del suceso fue un conflicto que anteriormente se produjo entre el padre de la víctima y el acusado, quien era su exempleado y había cometido un robo en su perjuicio.
Tres meses de prisión preventiva contra hombre implicado en tráfico de sustancias controladas
Ministerio Público amplía las investigaciones y dice evidencias lo vinculan a ese delito.
SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público del Distrito Judicial de Santo Domingo Oeste obtuvo tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un hombre acusado de traficar con sustancias controladas, en el sector Sávica, del municipio Los Alcarrizos.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta jurisdicción le impuso la medida de coerción al imputado Smailen Santana Tejada, ordenando el cumplimiento de los tres meses de prisión en la Penitenciaría Nacional de La Victoria.
De acuerdo a la instancia con la solicitud de imposición de medidas de coerción, el imputado había sido detenido en flagrante delito cargando en su hombro una cartera que contenía una porción de marihuana, con un peso de 167.28 gramos y otra porción de cocaína clorhidratada, con un peso de 68.93 gramos, así como 5.48 gramos de cocaína base (crack), y 28 porciones de éxtasis, además de una tijera y la suma de RD$3,270 pesos.
La información consta en un certificado de análisis químico forense realizado por el Instituto Nacional de Ciencias Forense (INACIF) tras el análisis correspondiente.
El Ministerio Público explicó que le ha otorgado a este caso la calificación jurídica provisional de traficante de sustancias controladas, delito que es sancionado por los artículos 5 literal A, 6 literal A 28, y 75 párrafo II, de Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, destacando que cuenta con evidencias que vinculan al acusado con los hechos imputados.
Someterán a lavadores informales de vehículos que sigan en esa actividad desacatando advertencia de las autoridades
Ministerio Público advierte que Ley 498-73 que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) prohíbe el uso inadecuado del agua potable.
SANTO DOMINGO, D.N.- La Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales informó que llevó a cabo un programa de concienciación dirigido a los lavadores informales de vehículos del Gran Santo Domingo para evitar que continúen utilizando agua potable en esas labores y advirtió que todo el que en lo adelante sea sorprendido haciendo uso de ese recurso de manera irregular, será sometido a la justicia.
El titular de la Procuraduría de Medio Ambiente, Francisco Contreras, destacó que el objetivo de los operativos es contrarrestar el uso inadecuado del agua potable, mediante la implementación de un programa de orientación ciudadana sobre la importancia del uso racional del líquido y la intervención de los lavaderos improvisados.
Señaló que las labores se llevan a cabo de manera conjunta por miembros del Ministerio Público y la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), así como del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA).
Durante la jornada de concienciación, el magistrado Contreras conversó con jóvenes que se encontraban en lavaderos improvisados en distintos sectores del Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, a quienes advirtió que de no acatar las medidas dispuestas por las autoridades serán sometidos a la acción de la justicia.
“La Ley No. 498-73, que regula el tratamiento y manejo del agua y por disposición de la Procuraduría General de Medio Ambiente, está prohibido el uso inadecuado del agua potable, el Ministerio Público está haciendo la advertencia de que queda total y rotundamente prohibido lavar vehículos en las calles”, advirtió.
El funcionario del Ministerio Público hizo un llamado a cumplir las disposiciones establecidas para contrarrestar el uso inadecuado del agua potable en virtud de la fuerte sequía que afecta al país.
Las autoridades también advirtieron que dentro de las medidas adoptadas además procederán a incautar todos los vehículos que al momento de los operativos se encuentren en los lavaderos improvisados, así como todos los aparatos y utensilios que se encuentren en el lugar, como mangueras, bombas de agua, tanques y cubetas, entre otros.
Indicaron que a partir de ahora, durante la segunda etapa del operativo comenzarán a clausurar todos los lavaderos informales que se encuentren en las calles, al tiempo de indicar que a los lavaderos formales se le está notificando para que contribuyan con el ahorro del agua potable.
La información fue ofrecida a través de un comunicado de prensa, el cual destaca que las autoridades continuarán con los operativos sorpresa, para evitar el funcionamiento de los lavadores informales y las conexiones ilegales a las tuberías de la CAASD.
En el comunicado divulgado por el Ministerio Público, esta institución reiteró el llamado a la población a contribuir con las acciones que llevan a cabo para enfrentar la problemática, haciendo un uso consciente y razonable del preciado líquido.
Leave a comment