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Notas Judiciales del 16 de octubre 2026

Detenidos y con medidas de coerción dos técnicos involucrados en supuesto manejo irregular panel eléctrico de torre en el DN

Edesur Dominicana informó que dos técnicos de una empresa contratista resultaron detenidos cuando supuestamente intentaron manipular de manera irregular un panel eléctrico en la Torre Magilis, ubicada en la calle Desiderio Arias del Distrito Nacional.

La acción en flagrancia, realizada por el Departamento Operativo Contra el Fraude, originó el traslado de los apresados a la Procuraduría Adjunta para el Sistema Eléctrico (PGASE), quien presentó cargos vinculados a hechos relacionados con la alegada manipulación del panel eléctrico del condominio y actos de chantaje en perjuicio de un cliente.

Como resultado del procedimiento, la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso en contra de Edison Yaccel Peralta Pérez y Luis David Jiménez Morales una garantía económica de RD$5,000.00 y presentación periódica los días 30 de cada mes.

Edesur manifestó que mantiene sus canales abiertos para dar asistencia a sus clientes y recibir denuncias sobre cualquier brigada o técnico que ejerza o intente incurrir en esa práctica de cobro indebido o actuación irregular, llamando a su Call Center al número 809-683-9393, visitando el sitio web energiasinfraude.com.do o a través de sus redes sociales y buzones de sugerencia.

Ministerio Público inicia presentación de pruebas en juicio contra cuatro acusados de fraude millonario a través de Digital Kingdom y Digicoop

 SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Ministerio Público presentó sus alegatos de apertura e inició la presentación de pruebas en el juicio que se sigue contra cuatro acusados de participar en un esquema de captación irregular de dinero mediante falsas promesas de inversión, en perjuicio de 113 víctimas, por un monto de US$2,493,933.00 y RD$7,250,500.00.

Los acusados son: Juan Diego Toribio Mejía, Samil José Abad de la Rosa, Bélgica Altagracia Báez de la Rosa y José Horacio Vicioso Ureña, quienes, de acuerdo con la acusación, habrían utilizado la sociedad comercial HDLS Digital Kingdom Investment Group, S.R.L., y la Cooperativa de Ahorros, Crédito y Servicios Múltiples Digital Dominicana (Digicoop) para captar recursos económicos de particulares.

El Ministerio Público precisó que Luis Napoleón Grano de Oro Sepúlveda figura como testigo número seis (6) en la oferta probatoria presentada en el juicio, por lo que su participación en esta etapa es en calidad de testigo y no de acusado como se había establecido al inicio del proceso.

Según consta en el expediente, los acusados ofrecían inversiones con tasas de interés superiores a las del mercado y prometían la devolución del capital. Posteriormente, las víctimas eran presionadas para abrir cuentas en Digicoop como condición para mantener sus inversiones, sin recibir los beneficios prometidos.

El Ministerio Público les atribuye, según la participación de cada uno, delitos de asociación de malhechores, estafa, abuso de confianza y lavado de activos, así como violaciones a las leyes sobre crímenes y delitos de alta tecnología y cooperativismo.

En la audiencia celebrada ayer miércoles en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, el Ministerio Público estuvo representado por la procuradora general de Corte de Apelación Lewina Tavárez Gil, directora de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros; el procurador fiscal Rafael Reyes y la fiscalizadora Margaret Cabrera Morillo.

Las juezas Esmirna Gissel Méndez, Emely Bruno Almonte y Yudelka Desiré Brito, suspendieron la audiencia y fijaron su continuación para el próximo viernes, 23 de octubre, fecha en la que el Ministerio Público continuará con la incorporación de las pruebas que sustentan su acusación.

El proceso continúa contra los cuatro acusados, mientras que Luis Alejandro Lantigua Báez, Harold Martínez Hernández y Yoirna Guzmán Contreras, quienes también figuran como imputados en la acusación, permanecen prófugos de la justicia.

Tres meses de prisión preventiva para imputado por robo y violación sexual a una adolescente 

 SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Atendiendo a la solicitud del Ministerio Público, un tribunal de Santo Domingo Este impuso tres meses de prisión preventiva a un hombre que, junto a otro, entró a robar en una casa de la que raptó a una adolescente y luego la violó sexualmente, en un hecho ocurrido el pasado 11 de octubre del este 2026, en Santo Domingo Norte.

La medida de coerción le fue impuesta a Deibyi Guzmán (Bibi), por el robo perpetrado en la vivienda y por los hechos cometidos en perjuicio de la adolescente de 15 años de edad.

El expediente, instrumentado por la fiscal investigadora María Sánchez, explica que Guzmán, junto a la persona que se encuentra prófuga, penetró a la vivienda, sustrajo joyas, dinero en efectivo y unos lentes. Además, llevó a la adolescente a otro lugar, donde la violó sexualmente.

Los momentos en que arrastraron a la víctima hasta el lugar donde cometieron la agresión quedaron captados en las cámaras de seguridad de la zona.

Durante el conocimiento de la medida de coerción, el ministerio Público, representado por el fiscal litigante Tito Oseas González Ramírez, mostró a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este, la gravedad de los hechos cometidos por Guzmán y el evidente riesgo de fuga existente de no imponer la prisión preventiva como medida de coerción.

A estos hechos, el Ministerio Público le ha dado la calificación jurídica provisional que contemplan los artículos 135, 137, numeral 2, 5, y 225, numeral 4, 6 y 9, numeral II, del Código Penal Dominicano (Ley 74-25) y los artículos 12, 13, 14, 16, 18 y 396 literal a, b y c de la Ley 136-03, que instituye el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.

Por decisión del juez Leomar Cruz Quezada, el imputado cumplirá la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras, en el municipio de San Antonio de Guerra, en la provincia Santo Domingo.

Prisión preventiva para hombre vinculado con muerte a tiros de otro 

 SANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, un juez impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un imputado por la muerte  a tiros de un hombre en la localidad El Campeche, del municipio Villa Tapia, de la provincia Hermanas Mirabal.

El Juzgado de la Instrucción de Hermanas Mirabal impuso la medida de coerción al nombrado Darlin Gil Fabián (Coquero), quien es vinculado con la muerte a tiros de Orlando Rafael Hernández Díaz.

Gil Fabián cumplirá la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Vista al Valle, del municipio de San Francisco de Macorís, de la provincia Duarte.

En la solicitud de medida de coerción, el Ministerio Público establece que, alrededor de las 6:19 de la mañana, del 12 de septiembre de 2026, mientras el hoy occiso Hernández Díaz se trasladaba a bordo de una motocicleta desde un liceo donde se desempeñaba como seguridad, el imputado Gil Fabián y otro hombre identificado como Jaroly Chanel García Hernández (Jaraca), quien se encuentra prófugo, le realizaron varios disparos de arma de fuego, causándole la muerte. 

El órgano persecutor señala que, los perpetradores del hecho, quienes vestían abrigos y utilizaban casco protector para cubrirse, quedaron captados en vídeos de cámaras de seguridad del referido lugar, cuando perseguían a su víctima.

El Ministerio Público indicó que el levantamiento de vídeos de cámaras de vigilancia en la jurisdicción de Hermanas Mirabal, así como en las provincias de Espaillat y Santiago, permitió dar con la trayectoria que seguían los dos hombres, quienes llegaron hasta el municipio Puñal, en la provincia Santiago, donde fueron identificados por testigos que dan testimonios de su identidad.

La víctima habría cumplido una condena de 10 años de prisión por el homicidio voluntario en el año 2008 de un hermano de Gil Fabián.

El imputado Gil Fabián tiene un historial delictivo de alta peligrosidad, ya que había sido condenado a 8 años de prisión en el año 2014, y se escapó un año después del Centro de Atención Integral para Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal Máximo Antonio Álvarez de la ciudad de La Vega, donde guardaba prisión.

En la audiencia de solicitud de medidas de coerción, el Ministerio Público estuvo representado por el procurador fiscal de corte Pablo Osiris Molina Santos, quien presentó pruebas materiales, testimoniales, audiovisuales, que vinculan al imputado con el crimen.

El juez Ranciel Castillo Jorge, del Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Hermanas Mirabal, impuso la medida de coerción privativa de libertad, como solicitó el Ministerio Público.

El encartado fue puesto a disposición de la justicia el pasado 4 de octubre 2026, mediante orden de arresto número RAJ 2026-00491, mientras las autoridades activan la búsqueda del prófugo Jaroly Chanel García Hernández (Jaraca).

El Ministerio Público ha calificado provisionalmente los hechos como violación a los artículos 91, 92, 372, y 373 del Código Penal Dominicano en perjuicio del hoy occiso Hernández Díaz y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Tres meses de prisión preventiva para 3 hombres por intento robar joyería

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, un tribunal del Distrito Nacional impuso este jueves tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra tres hombres imputados de intentar cometer un robo agravado en una joyería del sector Villa Juana, durante un hecho ocurrido el 7 de octubre de 2026.

La medida fue impuesta contra los imputados Shandde Moisés Amancio Arias, César Edward Tejeda Carela (Pelo Fino) y Ángel Marte de Jesús (Deivi o Escudero), quienes, de acuerdo con la investigación, actuaron en perjuicio de Aderly Fischerarlt de León Polanco, propietario del establecimiento, y Carlos Miguel Martínez Calderón, quien se desempeñaba como seguridad.

El Ministerio Público estuvo representado por la procuradora fiscal Julia Laury Vásquez, adscrita al Departamento de Litigación Inicial del Distrito Nacional, durante la audiencia donde el juez Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, impuso la medida de coerción y fijó la revisión obligatoria para el 14 de enero de 2027.

Los imputados cumplirán la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR-XVII) Najayo Hombres, de la provincia San Cristóbal.

La solicitud fue presentada por la procuradora fiscal Roxanna Molano, encargada del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Propiedad (Robo) de la Fiscalía del Distrito Nacional.

De acuerdo con el expediente, el 7 de octubre, alrededor de las 2:55 de la tarde, mientras las víctimas se encontraban dentro del establecimiento, los imputados Shandde Moisés Amancio Arias y Ángel Marte de Jesús (Deivi o Escudero) llegaron a la joyería a bordo de una yipeta negra sin placa visible, que había sido previamente rentada.

Del vehículo descendió el imputado Marte de Jesús, quien portaba un arma de fuego con la que apuntó y realizó varios disparos hacia el interior del establecimiento.

Al percatarse de la agresión, el seguridad Martínez Calderón intentó levantarse, momento en que el imputado Marte de Jesús le realizó dos disparos.

Cuando intentó disparar nuevamente, el arma se encasquilló; luego de manipularla, realizó otro disparo que impactó a la víctima y provocó que se desplomara en el suelo boca abajo.

Posteriormente, Amancio Arias y Marte de Jesús intentaron ingresar al establecimiento. Sin embargo, el seguridad, aún en el suelo, logró girarse y repeler la agresión con su arma de fuego, lo que obligó a los imputados a retroceder y huir en la yipeta sin lograr su propósito delictivo de sustraer bienes.

Tras el hecho, las autoridades analizaron las cámaras de videovigilancia del sector y rastrearon la ruta del vehículo mediante el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, estableciendo que se dirigía hacia la región Sur del país.

Durante la huida, Amancio Arias se comunicó telefónicamente con Luis Keyson Tejada para informarle que estaba herido de bala y solicitarle ayuda para recibir asistencia médica. Luego de que Keyson Tejada acudiera al Hospital de Palmar de Ocoa y le informaran que no contaban con los recursos necesarios para atenderlo, ambos coordinaron encontrarse en la entrada de Villa Fundación, en Baní, provincia Peravia.

El expediente establece que Amancio Arias llegó al lugar conduciendo la yipeta, la cual dejó abandonada y abordó el vehículo de su acompañante para trasladarse a un centro de salud.

A través de labores de inteligencia, las autoridades establecieron que Amancio Arias había ingresado al Hospital Provincial Nuestra Señora de Regla, en Baní, con múltiples heridas de bala.

Al presentarse en el centro de salud, los agentes lo identificaron y determinaron que sus lesiones eran compatibles con el intercambio de disparos ocurrido en la joyería. Asimismo, mediante la entrega voluntaria de Keyson Tejada, recuperaron prendas de vestir ensangrentadas que coincidían con las observadas en las imágenes de videovigilancia.

Según las informaciones recabadas durante la investigación, Amancio Arias admitió su participación como conductor del vehículo utilizado en el hecho e identificó a Marte de Jesús como la persona que descendió del vehículo y disparó contra el seguridad. También, señaló a César Edward Tejeda Carela (Pelo Fino) como quien habría suministrado las armas de fuego.

Tras estas diligencias, se formalizó la orden de arresto contra Shandde Moisés Amancio Arias, quien permanecía bajo custodia policial en el referido centro hospitalario.

Por su parte, Marte de Jesús y Tejeda Carela fueron arrestados el 9 de octubre de 2026, mediante la orden judicial núm. 2026-AQJ0088136, emitida el día anterior por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.

El Ministerio Público otorgó al caso la calificación jurídica de violación de los artículos 73, 74, 224, 225, párrafos 1, 4 y 5; 226, párrafos 2, 3, 4 y 5; y 373, párrafo tercero, de la Ley núm. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal Dominicano, así como de los artículos 66 y 67 de la Ley núm. 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados en la República Dominicana.

 

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