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Notas Judiciales 1 de octubre 2026

Condena de 20 años de prisión para hombre que cometió feminicidio en Puerto Plata

 SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Fundamentado en las pruebas aportadas por el Ministerio Público, un tribunal condenó a 20 años de prisión a un hombre hallado culpable de provocarle la muerte a su ex pareja sentimental en el municipio de Imbert, de la provincia Puerto Plata, el 8 de noviembre de 2025.

La sentencia fue dictada contra Jhon Geraldo Quintana (Tite) por provocar la muerte a causa de heridas de arma blanca a su expareja Brendaliz Castillo Padilla. Por el crimen el Ministerio Público solicitó que el procesado fuera condenado a 30 años de prisión.

La investigación, dirigida por los fiscales Leury V. Ureña Morrobel y Carmen Daynisa Rosario Pascual, estableció que el hecho ocurrió cuando la víctima se encontraba en su residencia junto a un sobrino de 13 años y dos hijos menores de edad. En esas circunstancias, el condenado penetró a la vivienda y atacó a Castillo Padilla con un cuchillo de 15 centímetros, ocasionándole múltiples heridas mortales.

Las pruebas documentales, periciales y testimoniales presentadas por el fiscal litigante Jesús E. Valenzuela, permitieron demostrar, más allá de toda duda razonable, ante el Tribunal Colegiado que preside la jueza Jakayra Veras, la culpabilidad del procesado.

El órgano acusador además estableció en el proceso que el encartado incurrió en tentativa de homicidio en perjuicio de otro hombre, identificado como Ramón Bernardo Féliz Cruceta (Titi), al que posteriormente atacó con un arma blanca.

La condena fue dictada por violación a los artículos 295 y 304 del antiguo Código Penal Dominicano. También, por infringir los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, referentes a la portación y tenencia ilegal de armas blancas.

La condena impuesta deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe, de Puerto Plata.

Condena de cinco años de prisión para hombre procesado por hechos de violencia contra expareja

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona revocó una sentencia absolutoria y condenó a cinco años de prisión a un hombre procesado por incurrir en hechos de violencia en perjuicio de su expareja.

La condena fue impuesta contra Luis Alberto Piña Santana por delitos de violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar, luego de que el tribunal de alzada acogiera el pedimento del órgano acusador y revocara la sentencia apelada por errónea valoración de las pruebas. En su decisión, el tribunal de apelación rechazó las conclusiones emitidas en audiencia por el procesado.

Piña Santana, quien deberá cumplir la condena en la cárcel pública de Pedernales, fue sometido a la justicia y procesado por incurrir en varios hechos de violencia contra su expareja. El Ministerio Público estableció en el proceso que el agresor presenta un patrón de conducta violenta, con agresiones física, psicológica y verbal.

El expediente establece que en fecha 29 de marzo de 2025, alrededor de las 8:30 de la mañana, el procesado se presentó a la casa de su expareja de manera agresiva a buscar a una hija de ambos, violando un acuerdo sobre régimen de guarda y visitas que ambos habían suscrito en la Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes de Barahona. Luego, el ahora condenado, amenazó a la víctima de muerte con un arma de fuego.

En otro hecho, ocurrido el 4 de enero de 2024, alrededor de las 12:20 de la tarde, el agresor también se había presentado a la casa de la víctima y empezó a vociferar palabras obscenas delante de la niña. En diferentes ocasiones Piña Santana se acercó a la víctima y la amenazaba de muerte, violando, además, una orden de alejamiento.

También, el 25 de julio de 2021, alrededor de las 11:30 de la noche, se presentó a la casa de la víctima y la agredió físicamente, propinándole un golpe en la cara, además de que la amenazó de muerte.  Luego, el día 31 de julio de ese mismo año, Piña Santana se presentó a la casa de la mujer y también la amenazó de muerte con una pistola, sin que lograra su objetivo, ya que miembros de la comunidad lo enfrentaron a pedradas.

La corte revocó la sentencia absolutoria al declarar con lugar el recurso de apelación interpuesto el día 1 de mayo de 2026, por Vilmania Pérez, procuradora fiscal de la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales del distrito judicial de Barahona, contra la sentencia No. 107-02-2026-SSEN-00015, dictada en fecha 17 de marzo del año 2026 por el tribunal colegiado de esa jurisdicción.

En la litigación el Ministerio Público estuvo representado por la procuradora de corte Wendy González Carpio.

Los jueces de la corte, Joselin Moreta Carrasco (presidente), Henrry Caraballo Matos y Leucadia Fortunata José Méndez revocaron la sentencia recurrida, declarando culpable a Piña Santana de violar las disposiciones del artículo 309-1, 2 y 3 del antiguo Código Penal dominicano, modificado por la Ley 24-97, que tipifican y sancionan los ilícitos de violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar.

La sentencia absolutoria revocada fue emitida por los jueces Wanda Victoria Deñó Suero, Luis Eugenio Pérez y Celina Novas Jiménez, del Tribunal Colegiado de Barahona.

Condenan a 30 años a militar procesado por el asesinato de un profesional de la medicina en Santiago

 SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Respondiendo a una solicitud del Ministerio Público, un tribunal condenó a 30 años de prisión a un militar hallado culpable de asesinar a un médico perinatólogo, en un hecho ocurrido en el distrito municipal Hato del Yaque, de la provincia Santiago, en el año 2024.

Víctor Manuel Saldaña Hernández (Julio), cabo de la Armada Dominicana, fue condenado por el asesinato del médico Enrique Antonio Espinal Castillo.

La investigación sobre la desaparición y posterior hallazgo del cuerpo de la víctima, la inició la Fiscalía de Santiago a través de su Departamento de Violencias Físicas, en la que empezó a colectar evidencias materiales, documentales, videográficas y testimoniales que revelaron como persona de importancia en el caso al cabo Saldaña Hernández.

Las distintas diligencias de investigación, determinaron que la víctima se dirigió desde su residencia en el sector Villa Olga hasta la comunidad Los Guandules en el distrito municipal Hato del Yaque, donde se encontró con su victimario, Saldaña Hernández, quien horas más tarde le quitó la vida al propinarle golpes contusos en el cráneo y el rostro.

El cuerpo de Espinal Castillo fue encontrado el 5 de agosto del año 2024 en un terreno baldío de La Costa de Rafelito, en Sabana Grande de Palenque, provincia San Cristóbal, a donde el victimario, oriundo de esa demarcación, lo llevó y lo dejó abandonado, luego de trasladarlo en el baúl de la yipeta Hyundai, modelo Tucson, color blanco, propiedad de la víctima.

En la audiencia de fondo, litigada por la fiscal Jenniffer Rodríguez, el Ministerio Público hizo uso de una multiplicidad de elementos probatorios para demostrar la responsabilidad penal de Saldaña Hernández en el asesinato del profesional de la medicina. Entre estas evidencias, se aportó al tribunal el recorrido que hizo el acusado desde el distrito municipal en Santiago, hasta San Cristóbal, a través de las imágenes aportadas por el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1.

El acusado fue condenado a cumplir 30 años de privación de su libertad y en lo civil al pago de cuatro millones de pesos en efectivo, en una decisión unánime de los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, Rubén Darío Cruz Uceta, presidente; y Rubén Rodríguez y Jasmín de los Santos (miembros).

La condena impuesta contra Saldaña Hernández es coherente con la acusación del Ministerio Público por violación a los artículos 379, 382, 295 y 304 por haber planificado y ejecutado el asesinato de Espinal Castillo.

Ministerio Público arresta a tres personas por captación irregular de fondos y operaciones financieras no autorizadas

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Ministerio Público arrestó, a través de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros de la Dirección General de Persecución y en coordinación con la Fiscalía de La Romana, a tres personas investigadas en relación a operaciones financieras irregulares en dos sociedades comerciales.

Alejandro Rodríguez Reyes, Alex Ernesto Rodríguez Rondón y Ámbar Melissa Rodríguez Ellis fueron arrestados en el transcurso de la investigación relacionada a las operaciones de las sociedades comerciales Agente de Cambio Rodríguez Reyes, S.A. y AERR Group, S.R.L.

El allanamiento fue coordinado por la procuradora de corte Lewina Tavárez Gil, responsable de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros, junto a la fiscal de La Romana Reina Yaniris Rodríguez.

En el operativo, los fiscales Rafael Reyes Cabreja y Juan Ramón Núñez, contaron con el apoyo de la Dirección de Área Policía Cibernética (Dicat), adscrita a la Dirección Central de Investigación (Dicrim) de la Policía Nacional.

De acuerdo con la investigación, entre diciembre de 2020 y abril de 2026 los imputados utilizaron ambas sociedades de manera coordinada para recibir y canalizar recursos de terceros en pesos dominicanos, dólares estadounidenses y euros, bajo compromisos relacionados con operaciones cambiarias, devolución de capital y generación de rendimientos por concepto de inversión.

Las víctimas identificadas hasta el momento presentan un perjuicio económico ascendente a 57.8 millones de pesos, 317 mil dólares y 160 mil euros.

La investigación establece que Agente de Cambio Rodríguez Reyes, S.A. estaba autorizada para realizar operaciones de intermediación cambiaria, mientras que AERR Group, S.R.L. no se encontraba registrada ni autorizada para realizar actividades de intermediación financiera o cambiaria.

Durante el allanamiento, el Ministerio Público ocupó recibos de ingreso, comprobantes de transferencias, expedientes de inversión, relaciones de cuentas por pagar y otros documentos vinculados a las operaciones investigadas.

Las evidencias contienen registros de entregas de fondos bajo conceptos de inversión, depósitos, tasas de interés y compromisos de devolución.

También, fueron ocupados tres vehículos de alto valor económico, equipos informáticos, teléfonos celulares y 332 mil pesos, 3,394 dólares y 550 euros.

El Ministerio Público depositó ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de La Romana la solicitud de imposición de medida de coerción contra los tres imputados, para quienes pidió la imposición de 12 meses de prisión preventiva, además de que el caso se declare de tramitación compleja.

El órgano persecutor atribuye a los imputados hechos relacionados con asociación de malhechores, estafa, abuso de confianza, lavado de activos y violaciones a la legislación monetaria, financiera y del mercado de valores, conforme a la calificación jurídica contenida en la solicitud de medida de coerción.

La investigación continúa abierta para establecer el destino de los recursos, identificar otras posibles personas afectadas y la totalidad de los bienes y operaciones vinculadas a los hechos investigados

Prisión preventiva para hombre imputado por feminicidio agravado

 SANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, un juez  impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un hombre vinculado con la muerte de su expareja reportada como desaparecida luego de salir momentáneamente de un salón de belleza de la avenida Independencia, del Distrito Nacional.

José Luis Rodríguez Fabián, principal sospechoso de la muerte a causa de heridas de arma de fuego de su expareja Loyca Alvarado Adames, deberá cumplir la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Las Parras, del municipio de San Antonio de Guerra, de la provincia Santo Domingo.

El Ministerio Público procedió con el sometimiento a la justicia y solicitó la imposición de prisión preventiva contra Rodríguez Fabián luego de que fuera arrestado con orden judicial por su vinculación al caso.

La fiscal litigante Julia Laury Vásquez representó al Ministerio Público durante la audiencia donde el juez Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, impuso la medida privativa de libertad.

El cuerpo de Alvarado Adames fue encontrado sin vida el pasado 28 de septiembre en las inmediaciones del municipio Bajos de Haina, de la provincia San Cristóbal, establece la solicitud de medida de coerción presentada ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, por la procuradora fiscal Topacio Milagro Suero Sierra, del Departamento de Crímenes y Delitos contra las Personas (Homicidios).

La instancia señala que el feminicidio ocurrió en fecha 27 de septiembre de 2026, en las instalaciones de una cabaña ubicada en la avenida George Washington de la capital.

El Ministerio Público ha establecido durante las pesquisas que, mientras la víctima se encontraba en compañía de una hermana, en el salón de belleza, el 27 de septiembre, aproximadamente a las 10:40 de la mañana, recibió una llamada en su teléfono celular, por lo que salió del lugar, manifestando que regresaría en breve, dejando todos sus artículos personales.

Horas más tarde, su hermana, al no lograr comunicarse con la víctima, informó de la situación a otros familiares, quienes, posteriormente, acudieron ante las autoridades policiales a fin de solicitar su localización.

Inmediatamente, miembros del Departamento de Desaparecidos de la Dirección Central de Investigaciones Criminales (Dicrim) iniciaron el proceso de búsqueda y localización. Como parte de las labores investigativas, procedieron a revisar las cámaras de seguridad instaladas en la zona, logrando observar a la víctima abordando una yipeta color negro.

Como resultado de las diligencias, el equipo investigador estableció la ruta seguida por el imputado, logrando observar que el vehículo ingresó a las inmediaciones de una fábrica de furgones y transportaciones de Bajos de Haina, provincia San Cristóbal, permaneciendo en dicho lugar por un período de tiempo y posteriormente saliendo del mismo. En las inmediaciones de ese lugar fue localizado el pasado lunes el cuerpo sin vida de la víctima.

El imputado fue arrestado el 29 de septiembre de 2026, en virtud de una orden judicial. Ese mismo día, el Ministerio Público ejecutó la Orden Judicial de Allanamiento No. 0105-SEPTIEMBRE-2026, en un negocio ubicado en el Ensanche La Paz, del Distrito Nacional.

Durante el allanamiento fue ocupada un arma de fuego tipo revólver, calibre 38, de marca y numeración no legibles, junto a un casquillo y dos cápsulas del mismo calibre. El arma ocupada presentó coincidencia balística con el proyectil colectado en la yipeta vinculada a los hechos investigados.

El Ministerio Público le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica de violación a los artículos 93 y 94 del nuevo Código Penal Dominicano (Ley No. 74-25) y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Entre las pruebas aportadas al tribunal se encuentra un Informe Psicológico Forense de Estado Emocional, de fecha 26 de septiembre del año 2026, que prueba la afectación emocional que presentaba la víctima Alvarado Adames a consecuencia de la violencia perpetrada por el imputado Rodríguez Fabián y el riesgo en que se encontraba.

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