Establecen Toque de Queda con nuevas disposiciónes

Por Diario Digital Dominicano

Santo Domingo DN, República Dominicana.-El Poder Ejecutivo modificó a partir de este jueves el horario del toque de queda por la pandemia de coronavirus, ratificó el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos, suspendió el consumo de clientes en bares y restaurantes, prohibió la aglomeración de personas en espacios públicos y suspendió las actividades de templos, gimnasios y malecones.

Mediante decreto, dispuso que hasta el 10 de enero, el toque de queda será de lunes a viernes, de 5:00 de la tarde a 5:00 de la mañana, con dos horas de libre tránsito que culminan a las 7:00 de la noche. Los sábados y domingos será desde las 12:00 del mediodía hasta las 5:00 de la mañana.

Durante esos horarios sólo se permitirá la circulación de personas relacionadas con actividades y servicios esenciales, incluyendo personal de salud, de farmacias, personas afectadas por alguna emergencia médica, personas dedicadas a labores de seguridad debidamente identificadas y miembros de la prensa acreditados.

También podrán circular operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos, operadores de vehículos dedicados a la distribución de mercancías, insumos y combustible, personas que laboran en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos últimos, empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados y en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.

Asimismo, empleados de empresas que brinden servicios funerarios, trabajadores o contratistas de hotelería, minería, zonas francas, restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 de la noche.

No se permitirá el consumo dentro de establecimientos

El decreto 740-20 establece también que desde el 1 de enero hasta el 10 de enero los bares, restaurantes y colmadones no podrán recibir clientes que consuman en sus instalaciones.

Espacios públicos estarán cerrados

Esos días estarán clausurados todos los espacios públicos abiertos al aire libre, tales como parques, malecones, gimnasios y los dedicados a prácticas deportivas, solo con la excepción de torneos profesionales sin asistencia de público.

Cesan las actividades religiosas de todo tipo

La nueva disposición establece, además, el cese de las actividades de las iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.

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