Tribunal descarga a Arsenio Quevedo y a Erikson de los Santos: Fiscalía apelará descarga

Por Diario Digital Dominicano

Diario Digital Dominicano, por Alberto Ramirez Reyes, 13 marzo, 2018, Santo Domingo DN.El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó este martes a 30 años de prisión a Amauris Cabrera y Danilo Octavio y descargó al sindicalista Arsenio Quevedo, al exregidor Erickson de Los Santos Solís y Cristino Batista Roa, por caso de sicariato contra varios choferes.

El tribunal afirmó en sus conclusiones que las pruebas presentadas por la defensa y el Ministerio público nunca inculpaban al empresario del transporte, al ex regidor y a Batista Roa, pero si a Cabrera y Octavio.

Cabrera fue enviado a la cárcel La Victoria y Batista Roa a Najayo Hombres.

En lo civil, el tribunal condenó a los acusados al pago de 7 millones y medio de pesos en indemnización a los familiares de las víctimas y a los heridos.

Octavio y Cabrera estaban imputados de violar los artículos del 295 al 298 y el 302 del Código Penal Dominicano, entre otros, que tipifican el delito de asociación de malhechores para asesinar a otras personas.

Los abogados de las víctimas, Mateo Nieves, Overnis Guerrero y Ángel Javier, dijeron que recurrirán la decisión en apelación el próximo 26 de abril, cuando tengan en sus manos el fallo, tras asegurar que fue una decisión fabricada que dejar campo al sicariato para que se siga ejecutando en el país.

Fiscalía del Distrito apelará descarga de Quevedo y Erinson de los Santos
La fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, cuestionó la tarde de este martes la decisión que descarga a Arsenio Quevedo y al exregidor Erinson de los Santos Solís y que condena a 30 de prisión a Amauris Cabrera y Danilo Octavio e informó que la apelará.

“Está demás decir que apelaremos la decisión que condenó a 30 años a los dos contratados de Quevedo y ex regidor y los descargó a ellos”, dijo la fiscal a través de su cuenta de Twitter.

Más temprano, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional tomó la decisión a favor de Quevedo y De los Santos Solís y emitió la condena contra los otros imputados de sicariato contra choferes del transporte público.

Reynoso se preguntó que “cómo se puede explicar que un testigo sea considerado coherente para condenar a los desarraigados y poco creíble para los jefes”.

“El cheque del pago emitido por Quevedo no es prueba porque no decía que era por concepto de sicariato. En serio” cuestionó la magistrada.

La fiscal insistió que “la mapificación en las escenas, las llamadas, los sicarios en la nómina, el cheque, los testigos, las pruebas del móvil vinculadas directamente a Quevedo y a Erinson, entre otras muchas pruebas no fueron suficientes, esperemos a ver qué dice la Corte.”

 

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