Ministerio Salud sancionara médicos a los que mueran pacientes

Por Diario Digital Dominicano

Diario Digital Dominicano, por Alberto Rodriguez, 7 febrero, 2018, Santo Domingo DN.-El Ministerio de Salud aplicará sanciones que van desde amonestación escrita hasta la cancelación del exequátur y la destitución de los médicos que, previa investigación, hayan incurrido en negligencia, incompetencia o negación de servicio que deriven en muertes maternas y/o infantiles, o causen daño permanente a la madre o al bebé.

El anuncio fue hecho ayer por la ministra de Salud, Altagracia Guzmán Marcelino, quien destacó que el nuevo reglamento disciplinario persigue frenar la alta tasa de mortalidad materno–infantil, que el año pasado arrancó la vida a 120 mujeres en estado de gestación en el sector público y a otras 37 en las clínicas privadas del país.

Según la ministra de Salud, el 88% de las muertes auditadas fueron catalogadas como evitables y asociadas a la calidad de la atención. La mayoría se concentran en el Gran Santo Domingo y las regiones Este y Cibao Norte. Mientras que las maternidades de La Altagracia y Los Mina, así como los hospitales Estrella Ureña de Santiago y Vinicio Calventi de Los Alcarrizos son los centros que acumulan la mayor cantidad de casos.

Casos serán auditados por Comité

El “Reglamento Disciplinario del Personal de Salud de aplicación en el Servicio Nacional de Salud (SNS), en la red privada y en las asociaciones sin fines de lucro para prevenir la mortalidad materna e infantil”, establece que las faltas cometidas por el personal de salud serán identificadas a partir de una investigación y análisis de los casos por parte de un Comité de Auditoría Clínica del Ministerio de Salud.

Según el reglamento de aplicación obligatoria en todos los establecimientos de salud, las faltas se clasifican en primer, segundo y tercer grado.

Faltas de primer grado

Serán consideradas faltas de primer grado la deficiencia en la gestión del servicio materno infantil, no cumplir con la guardia presencial u horario establecido y la delegación de funciones sin previa autorización o incumplir con los protocolos de atención al embarazo, parto y puerperio y/o la atención infantil, serán castigadas con amonestación escrita.

Suspensión por 90 días

Entre las faltas de segundo grado se encuentran la recurrencia de incumplimiento de los estándares de calidad de la atención, reglamentos, guías y protocolos; la obstrucción de las investigaciones o auditorías, no cumplir con la notificación obligatoria de casos de muerte materna e infantil, entre otras.
Estas conllevan suspensión de hasta 90 días sin disfrute de sueldo para el personal del sector público y la suspensión de la habilitación del personal involucrado por 90 días en los centros privados.

Cancelación y cierre de centros

Las faltas de tercer grado implican la negación de servicios de emergencia por razones económicas o no afiliación a la Seguridad Social que resulte en daños permanentes o mortalidad; no presentarse al servicio sin excusa justificada y que ello implique daños permanentes o mortalidad; incumplir con el protocolo de referimiento a otros centros de salud sin la correcta documentación y gestión de la atención hasta su llegada al centro receptor; la impericia o pobre desempeño, entre otros. Estas faltas serán castigadas con suspensión del exequátur, la desvinculación definitiva por destitución, suspensión de la habilitación del servicio Materno Infantil y cierre del centro de salud cuando lo amerite.

Hipertensión es primera causa de muerte materna

La funcionaria destacó que en los años 2016 y 2017, el 64% de las defunciones maternas se debió a los trastornos hipertensivos del embarazo (preeclampsia y eclampsia) relacionados con la calidad de la atención, seguido por las hemorragias (19%), abortos (16%), sepsis o infecciones (11%), entre otras. Reveló que el 82.5% de las fallecidas tenía entre los 20 y 39 años y el 20% pertenecía al Régimen Contributivo del Sistema de la Seguridad Social. Destacó que la institución ha entregado 15 protocolos.

Con médicos residentes habrá más flexibilidad

En los casos de los médicos residentes, sólo serán suspendidos con disfrute de sueldo por su condición de especialista en formación. Cuando la investigación concluya que la falta es de segundo grado, la sanción será la suspensión del disfrute del sueldo sin ausentarse del trabajo y en el caso de que la investigación concluya que la falta es de tercer grado, el informe de la investigación será presentado a la instancia correspondiente del programa de residencia médica para la toma de medidas pertinentes.

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